Dimensión sustancial de la democracia y construcción de democracia participativa
En el actual proceso globalizador, la democracia se ha conceptuado como un tipo de ordenamiento político y jurídico. En nuestro país el ejercicio de la democracia se ha centrado principalmente en el ejercicio de la función electoral, la cual se ha regido fundamentalmente por el formalismo procedimental, mismo que sólo ha generado democracia electoral. De lo anterior surge la demanda de categorías conceptuales de la democracia más dinámicas ante las nuevas realidades y coyunturas. La apreciación o evaluación de la calidad de la democracia significa la determinación de la cercanía o alejamiento de los ideales de libertad, igualdad y respeto de los derechos humanos o fundamentales que constituyen uno de sus principales aspectos: el relativo al afianzamiento de todos los derechos y obligaciones –no sólo los referidos al sufragio— de los ciudadanos. La calidad de la democracia puede examinarse desde una perspectiva diferente a la procedimental, teniendo como centro al ciudadano para asegurar sus derechos en relación con el gobernante. Esto significa una dimensión sustancial, que se refiere a aspectos como el régimen de libertades, la igualdad de los ciudadanos y la efectividad y reciprocidad del sistema. De lo anterior resultan necesarios estudios orientados desde enfoques normativos. Para el caso particular de nuestro país, un enfoque normativo, a partir de la reforma constitucional en materia de derechos humanos del año 2011 permitirá develar la dimensión sustancial para el afianzamiento de los derechos de ciudadanía y el mejoramiento de nuestras prácticas democráticas, lo que puede significar un nuevo proceso de democratización: la instauración de la democracia participativa.
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